Sentencia 1.427/2024

30.10.2024

ROJ STS 5263/2024

ECLI ECLI:ES:TS:2024:526

CENDOJ 28079119912024100017

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Claves

Multipropiedad – contratos de consumo – competencia judicial internacional – foro de la sucursal – ley aplicable – prueba de Derecho extranjero - Reglamento Bruselas I bis – Reglamento Roma I.


Resumen

Consumidores británicos demandan en España la nulidad de varios contratos de aprovechamiento por turno celebrados con la sucursal española de una empresa inglesa. Tras estimarse la demanda en primera instancia y apelación, la empresa recurre alegando falta de competencia de los tribunales españoles y aplicación de la ley inglesa. El Tribunal Supremo confirma la competencia de los tribunales españoles y la aplicación de la normativa española de protección de consumidores, declarando la nulidad de los contratos y la restitución de las cantidades abonadas.

Doctrina

> El consumidor puede demandar al empresario en el Estado donde actúe una sucursal si el litigio deriva de su actividad.

> La elección de ley extranjera no puede privar al consumidor de la protección de normas imperativas del ordenamiento con el que el contrato presenta una conexión relevante.

Aspectos procesales

> No examina de oficio la declinatoria de jurisdicción en 2ª instancia porque el auto de rechazohabía quedado firme (doctrina clásica de cosa juzgada formal).

> La carga de probar el derecho extranjero recae en quien lo invoca: En ausencia de prueba, la Sala aplica de oficio la ley española para evitar una denegación de justicia.


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