Sentencia 1.427/2024
Referencias
ROJ STS 5263/2024
ECLI ECLI:ES:TS:2024:526
CENDOJ 28079119912024100017
Claves
Multipropiedad – contratos de consumo – competencia judicial internacional – foro de la sucursal – ley aplicable – prueba de Derecho extranjero - Reglamento Bruselas I bis – Reglamento Roma I.
Resumen
Doctrina
> El consumidor puede demandar al empresario en el Estado donde actúe una sucursal si el litigio deriva de su actividad.
> La elección de ley extranjera no puede privar al consumidor de la protección de normas imperativas del ordenamiento con el que el contrato presenta una conexión relevante.
Aspectos procesales
> No examina de oficio la declinatoria de jurisdicción en 2ª instancia porque el auto de rechazohabía quedado firme (doctrina clásica de cosa juzgada formal).
> La carga de probar el derecho extranjero recae en quien lo invoca: En ausencia de prueba, la Sala aplica de oficio la ley española para evitar una denegación de justicia.
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