
Desde la sentencia del TJUE de diciembre pasado y el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, se han disparado las ofertas de despachos de abogados ofreciendo la recuperación total y gratuita de
lo cobrado por las entidades bancarias por la aplicación de la cláusula suelo en los préstamos hipotecarios.
A este respecto me pregunto si es lícito hacer una oferta del tipo que hacen muchos despachos en cuanto a sus honorarios: ¿se puede ofrecer no cobrar nada más que de las costas en caso
de que hubiera condena en costas a la contraparte?. Independientemente de la proporción de asuntos en los que se consiga cobrar de la condena en costas al demandado, en el caso de que no se
produzca esa condena (y los motivos pueden ser muy variados cuando se trabaja a gran volumen y bajo precio) me pregunto si no estaremos en presencia de un supuesto de "venta a pérdida", por lo
tanto en un caso de competencia desleal, teniendo en cuenta que el precio de producción es difícil, pero no imposible, de calcular en la prestación de servicios jurídicos.
Al final de esta entrada se puede acceder al pdf de una reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que se desestima un recurso de casación interpuesto contra la desestimación de una
demanda de acción de nulidad de la cláusula suelo, los motivos: hubo transparencia y se negoció individualmente.
Si los profesionales de este proceso hubieran ofrecido cobrar sólo en de las costas a cargo del demandado ¿no habrían actuado en este caso en concreto en "venta a pérdida"?¿y los derechos de
procurador?¿no cobrarlos o reducirlos por debajo del arancel no es competencia desleal? a este respecto me permito recordar que la reciente sentencia del TJUE de 08 de diciembre de 2016 ha
tenido que recordarnos la plena vigencia y aplicabilidad del arancel. También hay que valorar en este caso, que la actora ha visto desestimada su pretensión en Primera y Segunda Instancia y en
casación.
Un aviso para quien cree que siempre se estima una demanda de nulidad de cláusula suelo, y para los profesionales que ofrecen sus servicios asegurando un resultado que nunca se puede garantizar
absolutamente ante la Administración de Justicia.
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